REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, Veintidós (22) de Mayo del año dos mil tres (2003).
193° y 144°
Vista la diligencia que antecede suscrita en fecha 19 de Mayo del presente año, por la Dra. GHISLENE SANCHEZ DE BRICEÑO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.032, en su carácter de apoderada Judicial de la parte actora., mediante la cual solicita la devolución de los siguientes documentos: Poder marcado con la letra “A”, 2 actas de defunción y cuatro partidas de nacimientos; constancia de residencia; Un ejemplar del Diario La Razón de fecha 19/12/1999;Un ejemplar del Diario Ultimas Noticias de fecha 29/12/1999;Un ejemplar del diario Ultimas Noticias de fecha 08/01/2000;Un ejemplar del Diario El Universal de fecha 11/01/2000; Constancia de notificación de persona desaparecida; Constancia de haberes en un certificado de ahorros y en cuna cuenta de ahorros expedida por Banesco, Organización Financiera; Notificación de remoción del cargo expedida por el Ministerio de la Secretaria.
De la revisión de los mencionados recaudos tenemos que ellos constituyen los documentos fundamentales de la presente acción. En todo caso si la parte pretende su devolución debe desistir del Procedimiento. Conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por las razones expuestas, éste Tribunal niega la devolución solicitada.
LA JUEZ,
DRA MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA.
YASMILA PAREDES.
MS./YP.Malyuri
Exp Nº 5115