REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 27 de Mayo de 2003.
193° y 144°
Vista la diligencia presentada en fecha 08/05/03, por la Abogado ADA LEÓN LANDAETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.169, en su carácter de Apoderada Judicial del actor ciudadano: ANTONIO SCOLA VITALE, mediante la cual solicita al Tribunal se abra el respectivo Cuaderno de Medidas a objeto de que se provea sobre la Medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada
sobre el inmueble de autos, en el libelo de la demanda y ratificada en fecha 10/04/03, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, se ordena abrir el Correspondiente Cuaderno de Medidas, a fin de proveer sobre la Medida solicitada. Cúmplase.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se abrió el correspondiente Cuaderno de Medidas, conforme a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 4806.