REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Penal de Control Seccion Adolescentes de La Guaira
 
 
Macuto, 5 de Mayo de 2003
 
 
193º y 144º
 
 
 
 
 
ASUNTO PRINCIPAL                   : WV01-S-2002-000029
 
 
ASUNTO                               : WV01-S-2002-000029
 
 
 
 
 
            Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control el abg. Miguel Angel Castro con su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Transitorio  a favor de______ conforme al artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 8° del artículo 48 ejusdem, y artículo 108 Ordinal 6° del Código Penal,  a quien se le imputaba la comisión del delito Lesiones Personales Intecionales Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir  en consecuencia  la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, y menos al referido imputado de autos.
 
 
 
 
 
            Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano ______, fundamentada en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con el numeral 8° del artículo 48 ejusdem, y el artículo 108 Ordinal 6° del Código Penal. Así se decide.
 
 
 
 
 
            Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de Responsabilidad Penal de Adolescente  Circuito Judicial  del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano Adolescente _________________________, de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 8° del artículo 48 ejusdem, y artículo 108 Ordinal 6° del Código Penal.
 
 
 
 
 
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a  las partes.
 
 
El Juez de Control
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Abg. Jesús Alberto Blanco
 
 
La Secretaria,
 
 
 
 
 
 
 
 
Abg. Joycemar García Astros
 
 
 
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