DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: acuerda el procedimiento ordinario de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, a la ciudadana MAIRA MARLENE CAMACHO GALIDEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Caracas, donde nació el día 27-09-76, de 26 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, hija de MARIA GALIDEZ Y JOSE ANTONIO CAMACHO, titular de la cédula de identidad No. V-13.069.471, residenciado: Calle Real de Los Magallanes Esquina Sonriza, casa 29-27 Caracas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3º y 8° del Código Orgánico Procesal Penal quien fuera aprehendido en fecha 04 de Abril del 2003 por la presunta comisión del delito contra Informáticos contemplados en el artículo 17 apropiación de tarjetas Inteligencias o instrumentos análogos.
Publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión
Maiquetía, 11 de Mayo del 2003
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA

Abg. NUBIA GUERRERO
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA

Abg. NUBIA GUERRERO

Causa N° WP01-S-2003-699