REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIÓN DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS.


Maiquetía, 14 de Mayo de 2003
193º y 144º


Juez: Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ.

Fiscales: Dres. DAVID PALIS y MERY GÓMEZ

Defensa: Dres. MORRIS SIERRAALTA; EDUARDO VALENZUELA y ÁNGEL MORILLO.

Imputado:
PÉREZ PÉREZ DOUGLAS, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 14/10/1967, de 35 años de edad, estado civil Casado, profesión u oficio Militar Activo (Capitán de la Guardia Nacional), hijo de GLADYS OMAIRA PÉREZ DE PÉREZ y de SAMUEL ANTONIO PÉREZ RODRÍGUEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V-9.614.452 y residenciado en La Urbanización Las Minas, Calle Los Andes, Residencia Caoba, Apto. 7B, Piso 7, San Antonio de Los Altos, Estado Miranda.

Secretaria: Abg. GIOVANNA LANDER



CAPITULO III
DISPOSITIVA


En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD DEL CIUDADANO PÉREZ PÉREZ DOUGLAS, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 14/10/1967, de 35 años de edad, estado civil Casado, profesión u oficio Militar Activo (Capitán de la Guardia Nacional), hijo de GLADYS OMAIRA PÉREZ DE PÉREZ y de SAMUEL ANTONIO PÉREZ RODRÍGUEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V-9.614.452 y residenciado en La Urbanización Las Minas, Calle Los Andes, Residencia Caoba, Apto. 7B, Piso 7, San Antonio de Los Altos, Estado Miranda, en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde en Los Teques Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILEGAL DE PERSONAS, previsto y sancionado en el articulo 209 en su ordinal 4º del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Aviación Civil, acordando en consecuencia librar los oficios correspondientes, anexo a BOLETA DE ENCARCELACIÓN y SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el articulo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
EL JUEZ TITULAR


Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ


LA SECRETARIA


Abg. GIOVANNA LANDER


En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

LA SECRETARIA


Abg. GIOVANNA LANDER




WP01-S-2003-000711