DISPOSITIVA

En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA EN CONTRA DEL CIUDADANO MAIRO MANUEL MARSIRRUBI, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 01/10/1984, de 18 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Albañil, hijo de Migna Domínguez (v) y de Luis Alfonzo Marsirrubi (v), titular de la Cédula de Identidad Numero: V-17.348.353 y residenciado en Barrio San Antonio, Calle 8, La Planta, casa S/N°, Parroquia Naiguatá, Estado Vargas, las medidas cautelares previstas en el articulo 256 en sus ordinales 3, 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, acordando la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Publico.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
EL JUEZ TITULAR


Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ


LA SECRETARIA


Abg. YALITZA DOMINGUEZ


En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

LA SECRETARIA


Abg. YALITZA DOMINGUEZ




CAUSA N° WPO1-S-2003-000779