DISPOSITIVA

En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA en contra del ciudadano ELEAZAR MONTIEL, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira Estado Vargas, nacido en fecha 22-12-73, de 29 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio parquero en estacionamiento, hijo de Claudia Montiel (V) y Pablo Emilio Sánchez (V), residenciado en Parte alta Blanquita de Pérez, Sector 04, casa S/N, Parroquia Caraballeda, titular de la Cédula de Identidad N° 14.031.028, la medida cautelar prevista en el articulo 256 en su ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación por ante este despacho cada Quince (15) días, por la presunta comisión del delito de HURTO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal; y SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el articulo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, acordando en consecuencia la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
EL JUEZ TITULAR


Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ


LA SECRETARIA


Abg. IVELLISE ACOSTA


En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

LA SECRETARIA


Abg. YVELLISE ACOSTA




CAUSA N° WPO1-S-2003-000790