DISPOSITIVA

En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

Primero: ADMITE en su totalidad la solicitud presentada por el Dr. José Carlos Hernández, en su condición de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de la imputada Sosa Camacho Yurys Josefina, titular de la cédula de identidad N° V-12.780.507, de nacionalidad Venezolana, natural de Mérida, nacida el 11/7/76, de 26 años de edad, de estado civil soltera, profesión u oficio Comerciante, hija de AGRI SOSA (V) y MARIA GRACIELY CAMACHO DE SOSA (F), residenciada en: Pie del Llano Casa N° 2-22, Mérida.
Segundo: DECRETA la privación judicial preventiva de libertad de la imputada Sosa Camacho Yurys Josefina, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con los ordinales 2°, 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera detenida el 6/5/03, por Funcionarios adscritos a la Unidad Especial de Antidrogas del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía, por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Tercero: ACUERDA la aplicación del procedimiento especial abreviado por flagrancia, de conformidad con lo establecido en los artículos 248, 372 ordinal 1° y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual se ordena la remisión inmediata de las presentes actuaciones en su estado original al Juez Unipersonal de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
Cuarto: Se asigna como Centro de Reclusión, el Instituto Nacional de Orientación Femenina, en el cual quedará recluido el imputado a la orden del Juez Unipersonal de Juicio correspondiente.

Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.

En Macuto, a los siete (07) días del mes de mayo del año dos mil tres (2003).
LA JUEZ DE CONTROL,

DRA. MARIA ANTONIETA CROCE R.
EL SECRETARIO,

ABG. DOMENICO RUSSO.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
EL SECRETARIO,

ABG. DOMENICO RUSSO

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2003-000671