REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS-.
Maiquetía, Seis (06) de Mayo de 2003.
193º 145º
Realizada una revisión minuciosa de las Actas Procesales el Tribunal observa:
- En fecha cinco (5) de Diciembre de 2002, se admitió la presente demanda proveniente del Juzgado Distribuidor de Municipio de esta Circunscripción Judicial y se ordenó la citación de la demandada, mediante el libramiento de la respectiva compulsa con su orden de comparecencia al pie de la misma.-
- En auto de fecha siete (07) de Enero de 2003, el Tribunal admitió las posiciones juradas a ser absueltas por la ciudadana Celeste Liendo y a tales efectos libró, Boleta de Citaciòn que riela al folio siete (7).
- En fecha dos (02) de Mayo de 2003, el Tribunal señala, que a los fines del conocimiento sobre la apelación oída en un sólo efecto, en auto de fecha 20-01-2003, procederá a librar el Oficio pertinente con la remisión de las copias certificadas conducentes, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, una vez se dé por notificada la parte demandada, ciudadana Celeste Liendo, del Avocamiento de la Juez Titular de este Juzgado.- En atención a lo antes expuesto, y tomando en consideración que la notificación a las partes prevista en el Artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se plantea en aquellos casos en que habiendo ocurrido la citación de la parte demandada, haya necesidad de notificarla a ésta o a la parte actora de la continuidad del juicio, como ocurre en el caso del avocamiento del Juez, y no cursando a los autos las resultas de la citación ordenada en el auto de admisión de la demanda a la ciudadana Celeste Liendo, el Tribunal de conformidad con lo pautado en el Artículo 7 del código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 310 Ejusdem Ordena:
1) Revocar por contrario imperio de la Ley, el auto de fecha catorce (14) de Abril de 2003 y su consecuente auto de fecha, dos (02) de Mayo de 2003.
2) Me avoco al conocimiento de la presente causa.- Por cuanto la parte actora se dio por notificada del nombramiento de la Juez Titular de este Juzgado, en su diligencia de fecha catorce (14) de Abril de 2003, en aras del Principio de la Celeridad Procesal, considera inoficiosa el libramiento de boleta de notificación del presente avocamiento. En relación a la notificación de la parte demandada, el Tribunal ordena librar la respectiva boleta de notificación del presente avocamiento, haciéndole saber en ella que antes de proceder a dar su contestación a la demanda, deberá de darse por notificada del presente auto de avocamiento.-
3) Se ordena al Alguacil del Tribunal consignar las resultas de la citación ordenada a la ciudadana Celeste Liendo, según el auto de admisión de fecha cinco (5) de Diciembre de 2002 .
LA JUEZ TITULAR
DRA. ANA TERESA AYALA POLEO.
EL SECRETARIO,
GAMAL GAMARRA.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO,
GAMAL GAMARRA.-