REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

En horas de despacho del día de hoy, seis (6) de mayo de dos mil tres (2003) comparece ante la Secretaria Accidental del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas la Dra. Elizabeth Breto González, Juez Titular de este Despacho y expone: “En el presente expediente dicte decisión interlocutoria el doce (12) de noviembre de 2002 declarando inadmisible la demanda que por Desalojo incoara Nancy Josefina García de Barrios contra el ciudadano Luís Eduardo Aguilera, decisión ésta que fue apelada por la parte demandante, siendo remitido el expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial y asignado por sorteo al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario, dicho Tribunal declaró con lugar la apelación y ordenó un nuevo pronunciamiento diferente al por mi dictado en la citada sentencia interlocutora, en esta circunstancia consideró que ya he emitido opinión sobre la naturaleza del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes antes mencionadas, por tal razón en base a lo preceptuado en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, ME INHIBO de seguir conociendo de la presente causa. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
LA SECRETARIA ACC,

LA JUEZ INHIBIDA,

Exp.N° 695-03