REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
En fecha 13de Mayo de 2003, se admitió la demanda, y se ordenó la intimación de la parte demandada a fín de que dentro de diez (10) días de Despacho siguiente a la constancia dejada en autos por el Alguacil del Tribunal, comparezca por ante el Tribunal para que pague o formule oposición sobre las sumas adeudadas en el libelo.