REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.-

193° y 144°

EXPEDIENTE Nro. 8492/03

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

SENTENCIA: DEFINITIVA

SOLICITANTES: LUISA DEL CARMEN MARTNEZ Y GUALBERTO RAFAEL MARTINES EULATE, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 5.098.673 y V- 4.118.413 respectivamente.

ABOGADO ASISTENTE: EMILIO MATA QUIJADA abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.100.616.

Por cuanto de autos se evidencia que la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil vigente formulada por los ciudadanos LUISA DEL CARMEN MARTINEZ Y GUALBERTO RAFAEL MARTINES EULATE, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 5.098.673 y V- 4.118.413 respectivamente, debidamente asistidos por el profesional del derecho EMILIO MATA QUIJADA abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.100.616, reúne todo los supuestos y requisitos allí previstos. Y admitida la presente solicitud por auto de fecha catorce (14) de octubre del año dos mil tres (2003) y notificada la Fiscal Quinto (5to) del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Adolescente y Familia de esta Circunscripción Judicial Estado Vargas, el mismo en fecha cinco (05) de noviembre del presente año, diligenció a este Tribunal, manifestando que los requisitos exigidos por la Ley se encuentran cumplidas a cabalidad y que se declare con lugar la presente solicitud de Divorcio, es por lo que esta Juzgadora considera procedente el presente procedimiento. Y así se declara.-
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circuns cripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:

PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos LUISA DEL CARMEN MARTINEZ Y GUALBERTO RAFAEL MARTINES EULATE ambas partes identificadas.-

SEGUNDO: SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, contraído en fecha veinticuatro (24) de agosto de mil novecientos setenta y tres (1973) por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del Estado Vargas.-

DISUELVASE EL VÍNCULO MATRIMONIAL.

PUBLIQUESE y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.- En Maiquetía, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año dos mil tres (2003).-
La Juez,


Dra. Evelyna D’ Apollo Abraham
El Secretario,


Lennys Pinto Izaguirre

En la misma fecha se dictó, y publicó la anterior decisión siendo las once y treinta de la mañana (11:30) a.m.

El Secretario,


Lennys Pinto Izaguirre


ED’AA/LPI/hl
Exp. N° 8492/03