REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
En horas de Despacho del día de hoy, trece (13) de Noviembre del año dos mil tres (2003), siendo las 11:00 a.m., día y horas fijadas por el Tribunal para que tenga lugar el acto conciliatorio entre las partes, establecido en el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil. Se anunció dicho acto como es legal a las puertas del Tribunal por el Alguacil, y al anuncio hecho compareció la ciudadana: MARIA ADELA ALONSO DE LABRADOR, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° E-947.646, en su carácter de parte actora, debidamente asistida por el Dr. MARTIN JOSE GONZÁLEZ NARVÁEZ, abogado en ejercicio de éste domicilio e Inpreabogado N° 34.031. Igualmente compareció el ciudadano: GREGORIO LABRADOR CABRERA, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° E-492.599, debidamente asistido por el Dr. ALBERTO FERREIRA CAMARA, abogado en ejercicio de éste domicilio e Inpreabogado N° 43.362. En este estado ambas partes acuerdan de mutuo acuerdo Desistir del presente procedimiento, acordando en este mismo acto las partes firmar un 185-A posteriormente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES SOLÓRZANO
LA PARTE ACTORA
Y EL ABOGADO ASISTENTE,
LA PARTE DEMANDADA Y
EL ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA,
Exp. 5031
MS/if.