REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA..
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, catorce (14) de noviembre de dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: LUIS RAFAEL OROZCO SANTANA, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nro 3.611.159, en su carácter de representante de los ciudadanos ELINA MARGARITA DE OROZCO Y JESUS RAFAEL OROZCO NOGUERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nros 5.090.263 y 805.969, respectivamente, según Poder Autenticadoº por ante la Notaria Publica Tercera de Maracay, Estado Aragua, en fecha 18 de Julio de 2002, anotado bajo el Nº 40, Tomo 85, de los Libros de Autenticaciones llevados ante esa notaria debidamente asistido por el Dr. MANUEL FERNANDEZ M, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.373, este Tribunal la admite en cuanto ha lugar en Derecho, y por cuanto de la revisión efectuada a los recaudos consignados, no acreditan propiedad alguna, se ordena expedir copia certificada, mediante oficio a la Unidad de Catastro e Inmueble del Municipio Vargas, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal con la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir Título Supletorio, pertenece en propiedad al Municipio Vargas.
LA JUEZ,
Dra. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES .
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado quedando anotado bajo el Nº 825 y se libró oficio Nº 1273/ 03
LA SECRETARÍA
YASMILA PAREDES
MS/YP./Malyuri.-