DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Abreviado contemplado en el ordinal 1° del artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de la ciudadana NELLY DEL CARMEN NARVAEZ PEDROZA, quien es de nacionalidad Venezolano, natural de Upata Ciudad Bolívar, donde nació el día 15-06-07, de 47 años de edad,, estado civil soltera, de profesión u oficio: ama de casa, hija de Maria Pedrozo y de José Astudillo, residenciado en: Puerto la Cruz, Barrio Las Delicias, calle las delicias casa No. 14, titular de la cédula de identidad N° 5.339.891, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 2° , 3° y parágrafo primero del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera aprehendido en fecha 17 de Noviembre del 2003 por la presunta comisión del delito de transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas previsto en el articulo 34 de la Ley Especial de Drogas.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
En Macuto, a los 18 días del mes de Noviembre de 2003
LA JUEZ
DRA. CELESTINA MENDEZ

EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto
EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ


Causa N WP01-S-2003-10712