REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal SEGUNDO de Juicio del Estado Vargas
Macuto, 7 de Noviembre de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2001-000036
ASUNTO : 2U-681-01
Compete a este Juzgado emitir pronunciamiento en virtud de la solicitud interpuesta en fecha 28 de octubre de 2003 por la ciudadana MIGUELINA BERNARDINI en su carácter de Madre de FRANCISCO DAVID BERNARDINI en la cual solicita lo siguiente:
“…/…me dirijo a usted a fin de solicitarle libre un oficio a la línea aérea Iberia, a fin de requerir de la misma el reembolso de parte del valor de los dos (02) pasajes con los cuales iban a viajar los ciudadanos FRANCISCO DAVID BERNARDINI, así como su causa XIOMARA LIBERTAD LEON…/…”.
Este tribunal a los fines de decidir previamente observa:
En fecha 21 de Octubre de 2003, culminó el Juicio seguido a los ciudadanos FRANCISCO DAVID BERNARDINI MORIN Y XIOMARA LIBERTAD LEON, resultando condenados a cumplir la pena de 15 años por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 del la Ley especial que rige la materia, y en fecha 05 de noviembre de 2003 se dicto y publicó la Sentencia Motivada en la cual y de conformidad con el artículo 66 Ejusdem, se decomisaron los boletos aéreos Nros. 3356287629 y 3356287627 de la Línea Aérea AIR EUROPA a nombre de BERNARDIDNI FRANCISCO Y LEON XIOMARA, por lo antes expuesto es forzoso NEGAR la solicitud de la ciudadana MIGUELINA BERNARDINI Madre del ciudadano FRANCISCO BERNARDINI. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA:
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de la ciudadana MIGUELINA BERNARDINI Madre del ciudadano FRANCISCO BERNARDINI, de conformidad con el artículo 66 de la Ley Orgánica Sobre Satánicas Estupefacientes y Psicotrópicas.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ
Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
LA SECRETARIA
Abog. ORLYMAR CARREÑO
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