REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 24 de Noviembre de 2003
193° y 144°
Por recibido el presente expediente, 8.338 procedente del suprimido Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial proveniente del Archivo Central con motivo de la clasificación de las causas en el estado que se encuentran, conforme al artículo 197 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de la resolución de fecha 06 de Agosto de 2003, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia que suprimió los Juzgados de Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y a su vez crearon los Tribunales de Primera Instancia y Superiores para el Régimen Procesal Transitorio de Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en consecuencia, la Abogada BETTY LUQUEZ PULIDO , en su condición de JUEZ PRIMERO, DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, SE AVOCA al conocimiento de la presente causa, Asi mismo por cuanto se evidencia que el expediente N° 8.338 se encuentra en estado de dictar sentencia definitiva, este Tribunal ordena la remisión del presente expediente al Archivo central a los fines de su redistribución . Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 197 Ordinal 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZA TEMPORAL.
DRA. BETTY LUQUEZ PULIDO.
EL SECRETARIO ACC,
ABG. ARNALDO RODRÍGUEZ.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO ACC,
ABG. ARNALDO RODRÍGUEZ.
BLP/AR/mi.
Expediente N° 8.338
Juzgado de Origen.