REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 24 de Octubre del 2003
193º y 144º
La Secretaria accidental del Tribunal dio cuenta al Ciudadano Juez de la recepción de este expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, contentivo de la INHIBICIÓN, solicitada por la Dra. MERCEDES SOLORZANO, Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por ante este Tribunal. Asimismo y de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, se fija dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a la presente fecha, la oportunidad para dictar sentencia.
EL JUEZ
ABG. IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA, ACC
LIXAYO MARCANO MAYORA
IIP/LMM/lr
EXP. 1278
"INHIBICION"
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