REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO,
DEL TRABAJO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 07 de Octubre de 2003.
193° y 144°


Vencido como se encuentra el lapso en que correspondía a las partes presentar sus observaciones a los informes en el presente procedimiento, sin que ninguna de ellas hiciera uso de tal derecho, este Tribunal Superior se reserva un lapso de treinta (30) días calendario siguientes a la presente fecha, para pronunciar su fallo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,


Abg. Idelfonso Ifill Pino

La Secretaria Acc.,


Lixayo Marcano Mayora





IIP/RCZR/jgmf
Exp. N° 1262
“Cump. De Contrato de Comodato”