REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.-----------------


193° y 144°




EXPEDIENTE Nro. 8520

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

SENTENCIA: DEFINITIVA

SOLICITANTES: HENDRICK ERNESTO DOMINGUEZ ARANGUREN Y CARMEN ROSA MEDINA CONDE, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-6.484.776 V- 6.453.102 respectivamente.

ABOGAD ASISTENTE: YAZMIRA JOSEFINA MARTINEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.45.110.-

Por cuanto de autos se evidencia que la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil vigente formulada por los ciudadanos HENDRICK ERNESTO DOMINGUEZ ARANGUREN Y CARMEN ROSA MEDINA CONDE, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.484.776 y V-6.453.102 respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho YAZMIRA JOSEFINA MARTINEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo los Nro 45.110.---------------------------
En fecha Veintiocho (28) de mayo de año dos mil tres ( 2.003), el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, declinó la Competencia y se remitió el expediente con oficio Nro 1017 al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.-----------------------------------------------------------------------------------
Recibido el expediente por distribución, la Juez Dra. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM, Juez de este Juzgado se avoco al conocimiento de la presente causa y de conformidad con el artículo 132 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó la notificación de la Fiscal Quinta del Ministerio Público con COMPETENCIA EN EL Sistema de Protección del Niño, al Adolescente y la Familia de esta Circunscripción Judicial y la misma en fecha treinta (30) de septiembre del año en curso, diligenció a este Juzgado, manifestando que los requisitos exigidos por la ley se encontraban cumplidos a cabalidad y en virtud de ello solicito fuese declarada procedente la solicitud, es por lo que esta Juzgadora considera procedente el presente procedimiento Y así se declara.-----------------------------------------------------------------------.
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circuns cripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:----------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos HENDRICK ERNESTO DOMINGUEZ ARANGUREN Y CARMEN ROSA MEDINA CONDE ambas partes identificadas.-----------------------
SEGUNDO: SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, contraído en fecha quince (15) de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco (1985) por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Guaira DEL Departamento Vargas del Distrito Federal.- -------------------------------------------------------------------------------
DISUELVASE EL VÍNCULO MATRIMONIAL.

PUBLIQUESE y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.- En Maiquetía, a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil tres (2003).--------------------------------------------------------------------------
La Juez,


Dra. Evelyna D’ Apollo Abraham
El Secretario

Lennys Pinto Izaguirre

En la misma fecha se dictó, y publicó la anterior decisión siendo las diez de la mañana (10:00) a.m.

El Secretario


Lennys Pinto Izaguirre

Exp Nro.8520/03




Exp N° 8445
Dra.EDAA7LPI/hl