REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.- Maiquetía, 28 de Octubre del 2.003.-

193 y 143

Instruida como ha sido la presente solicitud, por cuanto los testigos ciudadanos MARTIN FLORES VARGAS y ALFREDO ENRIQUE MATOS IRIARTE, presentados por los ciudadanos PETRA IRIARTE DE GOMEZ, GERONIMO ALEXIS GOMEZ IRIARTE, MIGUEL RAFAEL GOMEZ IRIARTE, RAISSA MIGUELINA GOMEZ DE RODRIGUEZ, FREDDI SIMON IRIARTE, NESTOR ALFONSO GOMEZ IRIARTE, HUGO JOSE GOMEZ IRIARTE, ROBERT FORTUNATO GOMEZ IRIARTE, previo juramento de Ley manifestaron que los ciudadanos antes mencionados, son los Unicos y Universales Herederos del ciudadano MIGUEL RAFAEL GOMEZ, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 936 del Còdigo de Procedimiento Civil, declara la presente actuación JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA a favor de los solicitantes.- A los efectos que curse la presente solicitud, en el archivo del Tribunal una vez devuelto el presente original, expídanse por secretaria copia debidamente certificada de la presente solicitud de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley de Registro Público. Para la elaboración de la misma se autoriza a la ciudadana ARELIS FALCÓN, asistente II del Tribunal, quien aceptó la designación y prestó juramento de Ley, quien conjuntamente con el secretario del Tribunal suscribirá las mismas.- Desvuélvase original con sus resultas y déjese copia en el archivo.- Cúmplase.
LA JUEZ
LA ASISTENTE
Dra. Evelyna D`Apollo Abraham
Arelis Falcon
EL SECRETARIO

Lennys Pinto Izaguirre
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veintisiete (27) folios útiles, quedando anotado bajo el Nº 770-03.-
EL SECRETARIO

Lennys Pinto Izaguirre



ED`AA/LPI/af