REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADON SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA DE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.- Maiquetía, treinta (30) de octubre del año dos mil tres (2003).

193° y 144

Instruida como ha sido la presente solicitud y tomadas las declaraciones de los testigos ciudadanos JULIO DOMINGO BOLIVAR Y RONALD JESUS MARCANO DELGADO, presentados por la ciudadana MARIA RODRIGUEZ DE CASTELLANO y previo juramento de Ley manifestaron que los ciudadanos MARIA RODRIGUEZ DE CASTELLANO, NORKYS JOSEFINA CASTELANO RODRIGUEZ, DAISY MARGARITA CASTELLANO DE BAPTISTA, MARY ROSA CASTELLANO RODRIGUEZ Y LUIS ALEXANDER CASTELLANO RODRIGUEZ respectivamente son los UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de LUIS CASTELLANO OCHOA, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a la solicitante.-

A los efectos que curse la presente solicitud en el archivo del Tribunal, expídase copia debidamente certificadas de la misma autorizándose para la elaboración de los fotos tatos a la ciudadana LUISA HERNANDEZ, Asistente II de este Juzgado, quien conjuntamente con el secretario suscribirá las copias ordenadas librar con inclusión del presente auto que las acuerda de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 120 de la Ley de Registro Público. Para la elaboración de las misma se autoriza a la asistente II de Tribunal adscrita a este Juzgado ciudadana LUISA HERNANDEZ, quien conjuntamente con el Secretario certificará las mismas. Desvuélvase original con sus resultas y désele copia en el archivo del Tribunal.-Cúmplase.---------------------------------
La Juez,

Dra. Evelyna D’ Apollo Abraham


La Persona Autorizada


Luisa Hernandez


El Secretario,

Lennys Pinto Izaguirre
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas, quedando anotado bajo el Nro 750/03 y se archivo la copia certificada.
El Secretario,


Lennys Pinto Izaguire





ED’AA/LPI/HL
TS N° 750-03