REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 15 de Octubre de 2003.
193° y 144°
Vista la diligencia que antecede, presentada en fecha 09/10/03 por el Abogado PEDRO ARTURO LIENDO URBINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5916, y el pedimento en ella contenido, mediante la cual solicitó al Tribunal, que en razón del fallo dictado en fecha 24/09/03, se sirva levantar la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar que pesa sobre el inmueble propiedad del co-demandado ciudadano: OSWALDO JOSÉ RADA UGUETO, y por cuanto se observa que en la referida decisión se ordenó la notificación de las partes, constatándose de ésta manera que no está firme dicha Sentencia, en virtud de lo cual se NIEGA lo solicitado en la referida diligencia por ser IMPROCEDENTE
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 4718.