REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 30 de octubre de 2003.
193º y 144º
Vista la diligencia presentada en fecha 14/10/03, por la ciudadana MARIA CRISTINA MARTINEZ DE IRIARTE, titular de la Cédula de Identidad Nº 920.131, debidamente asistida por la Dra. JUANA E. PACHECO, Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 89.028, mediante la cual solicita al Tribunal se de por terminado el presente juicio, ya que el demandado ciudadano: CRUZ PEREZ IRIARTE, en forma voluntaria hizo entrega del inmueble objeto del presente proceso en fecha 24/04/03, y por cuanto de la Partida de Defunción anexada se constata que la parte actora falleció en fecha 29/12/97, considera éste Tribunal, que siendo que la solicitante es la Viuda del actor ciudadano: FRANCISCO JAVIER IRIARTE, y en virtud de que el inmueble de autos ya fue restituido, es procedente acordar lo solicitado en la mencionada diligencia. En consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente. Cúmplase. Asimismo, se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, con inclusión de la diligencia que antecede y del presente auto, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se requieren los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se dio por terminado el juicio, se archivo el Expediente.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. Nº 1112.