REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 09 de Octubre de 2003.-
193° y 144°
Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y los recaudos acompañados, la cual correspondió conocer a éste Juzgado en virtud del sorteo de distribución efectuado, y por la declinatoria de competencia planteada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentada por la ciudadana: BELKIS JOSEFINA PÉREZ, Venezolana, soltera, mayor de edad, civilmente hábil, Asistida por la Dra. ALICIA VARGAS MARCANO, Abogado de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección de Justicia y Cultos del Ministerio del Interior y Justicia, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.462, se admite, désele entrada, fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. El Tribunal antes de proveer acerca de la Rectificación solicitada, ordena la notificación del Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, líbrese boleta de notificación y anexo a copia certificada de la solicitud, entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 111 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 5743. No se libró la boleta de notificación ordenada ni se expidió la copia certificada por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. Nº 5743.