DISPOSITIVA


Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Abreviado contemplado en el ordinal 1° del artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de la ciudadana ANA PEREZ DE PEDROZA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Guatire – Estado Miranda, donde nació el día 12-08-73, de 30 años de edad, de profesión u oficio del hogar, estado civil casada, titular de la Cédula de Identidad No. 11.484.261, residenciada en: San Cristóbal, El Corozo, casa N° 07, por la subida Santa Ana, cerca del Comando de la Guardia Nacional, hija de ALIS AURORA ORTIZ Y PEDRO JESÚS PÉREZ SAMBRANO, imputada en la presente causa y la ciudadana YINETH KARINA CASTRO MONCADA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, donde nació el día 04-12-1983, de 19 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad No. 16.982.410, residenciado en: San Cristóbal, Estado Táchira, Sorca Pie de cuesta, Sector Las Piedras, casa N° 01-03, hijo de GLADY ZULAY MONCADA Y JORGE CASTRO, quienes fueron aprehendidas en fecha 27 de septiembre del 2003 por la presunta comisión del delito de transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el articulo 34 de la Ley Especial de Drogas.

Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.

En Macuto, a los 06 días del mes de octubre de 2003


EL JUEZ


DR. OMAR GARCIA AGOSTINI

EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto
EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ


Causa N WP01-S-2003-7725.