REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y DE PROTECCION
DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 05 de Septiembre de 2003
193° y 144°
La Secretaria Accidental del Tribunal dió cuenta al ciudadano Juez de la recepción del presente expediente procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, conformado por tres (03) piezas: La Primera (1era) pieza constante de doscientos diecisiete (217) folios útiles; La Segunda (2da) pieza en doscientos veintidós (222) folios útiles y la Tercera (3era) pieza constante ochenta y ocho (88) folios útiles, de conformidad con el Artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, contentivo del procedimiento de PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEINTENAL interpuesto por la SUCESION DE EDUARDO RIVAS LARRALDE contra la URBANIZADORA EL PALMAR ESTE, désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por este Tribunal, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora en contra de la decisiòn dictada por ese Juzgado en fecha 16-09-2002, en consecuencia, se fija para el décimo (10mo.) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus informes por escrito en cualquier hora de las destinadas por este Tribunal para despachar, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 517 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
ABG. IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA ACC.
LIXAYO MARCANO MAYORA
IIP/LMM/jgmf
EXP. N° 1260
Prescrp. Adquis.