REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIÓN DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS.
Macuto, 17 de Septiembre del año 2003
193º y 144º
Juez: Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ.
Fiscal: Dr. JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ (Fiscal del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.)
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Defensa: Dres. JUAN EDUARDO LÓPEZ CASTRO; ESTEBAN SILVA LÓPEZ y BIANNEY RAFAELA BETANCOURT LÓPEZ.
Imputados:
JUAN EDUARDO LÓPEZ CASTRO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 30/10/1975, de 27 años de edad, estado civil Soltero hijo (a) de Olga Castro (v) y de Sabino López (v) Titular de la cédula de identidad N° 12.865.484 y residenciado en Punta de Mulatos, parte alta, el tanque, Estado Vargas;
ESTEBAN SILVA LÓPEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 21/02/1983, de 20 años de edad, estado civil Soltero hijo (a) de Mercedes Silva (v) y de Esteban Silva (v) Titular de la Cédula de Identidad 16.507.342 y residenciado en Calle Vargas, Callejón el Río. Casa S/N°, el Teleférico, Macuto, Estado Vargas y
BIANNEY RAFAELA BETANCOURT LÓPEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacida en fecha 04/09/1982, de 21 años de edad, estado civil Soltera hija de Juana López (v) y de Rafael Betancourt (v) Titular de la Cédula de Identidad 16.310.731 y residenciada en Calle Vargas, Callejón el Río. Casa S/N°, el Teleférico, Macuto, Estado Vargas.
Secretaria: Abg. MARIA ESTHER ROA SILVA.
CAPITULO III
DISPOSITIVA
En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD DE LOS CIUDADANOS BIANNEY RAFAELA BETANCOURT LÓPEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacida en fecha 04/09/1982, de 21 años de edad, estado civil Soltera hija de Juana López (v) y de Rafael Betancourt (v) Titular de la Cédula de Identidad 16.310.731 y residenciada en Calle Vargas, Callejón el Río. Casa S/N°, el Teleférico, Macuto, Estado Vargas; JUAN EDUARDO LÓPEZ CASTRO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 30/10/1975, de 27 años de edad, estado civil Soltero hijo (a) de Olga Castro (v) y de Sabino López (v) Titular de la cédula de identidad N° 12.865.484 y residenciado en Punta de Mulatos, parte alta, el tanque, Estado Vargas, y ESTEBAN SILVA LÓPEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 21/02/1983, de 20 años de edad, estado civil Soltero hijo (a) de Mercedes Silva (v) y de Esteban Silva (v) Titular de la Cédula de Identidad 16.507.342 y residenciado en Calle Vargas, Callejón el Río. Casa S/N°, el Teleférico, Macuto, Estado Vargas, la primera en el Instituto Nacional de Orientación Femenina y los restantes en la casa de Reeducacion y Trabajo Artesanal El Paraíso, La Planta, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acordando en consecuencia librar los oficios correspondientes, anexo a BOLETA DE ENCARCELACIÓN; SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el articulo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
EL JUEZ TITULAR
Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ
LA SECRETARIA
Abg. MARIA ESTHER ROA SILVA
En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA
Abg. MARIA ESTHER ROA SILVA
WP01-S-2003-007052
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