REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 
 
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
 
EN FUNCIÓN DE CONTROL
 
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS.
 
 
 
Macuto, 06  de Septiembre del año 2003
 
193º y 144º
 
 
 
 
Juez: Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ.
 
 
Fiscal: Dr. JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ  (Fiscal del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.)
 
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Defensa: Dres. JUAN JOSÉ GONZÁLEZ y ANDRÉS QUIROZ (Defensores Privados).
 
 
Imputado: ISMAEL GONZÁLEZ ÁLVAREZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, natural de la Guaira, nacido en fecha 09-01-1965, de 38 años de edad, de estado civil divorciado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Cirila Isabel Rada (V) y Felicia Benigna Alvárez (V), residenciado en Calle Real de Pariata en el edifico que queda Status Cuarto, piso 1, apartamento  N.- 1 Parroquia Maiquetía estado  Vargas, titular de la Cédula de Identidad N° 6.493.504. 
 
 
 
Secretaria: Abg. MARIA ESTHER ROA SILVA.
 
 
 
CAPITULO III
 
DISPOSITIVA
 
 
En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas.  Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA DETENCIÓN JUDICIAL DEL CIUDADANO: ISMAEL GONZÁLEZ ÁLVAREZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, natural de la Guaira, nacido en fecha 09-01-1965, de 38 años de edad, de estado civil divorciado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Cirila Isabel Rada (V) y Felicia Benigna Alvárez (V), residenciado en Calle Real de Pariata en el edifico que queda Status Cuarto, piso 1, apartamento  N.- 1 Parroquia Maiquetía estado  Vargas, titular de la Cédula de Identidad N° 6.493.504,  en la Casa de Reeducacion y Trabajo Artesanal El Paraíso, La Planta, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acordando en consecuencia librar los oficios correspondientes, anexo a BOLETA DE ENCARCELACIÓN SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO  ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el articulo 280  del Código Orgánico Procesal Penal.  TERCERO: Acuerda la verificación de la sustancia presuntamente incautada para el día Jueves 11 de Septiembre a las 2:00 de la tarde, quedando debidamente notificadas las partes. 
 
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
 
EL JUEZ TITULAR 
 
 
 
Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ
 
 
 
LA SECRETARIA
 
 
 
Abg. MARIA ESTHER ROA SILVA
 
			
 
 
En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
 
 
LA SECRETARIA
 
 
 
Abg. MARIA ESTHER ROA SILVA
 
 
 
WP01-S-2003-0006351
 
 
 
 
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