REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Ejecucion del Estado Vargas
Macuto, 8 de Septiembre de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2001-000198
ASUNTO ANTIGUO : 4U-613-01
Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de WILSON ALBERTO PEREZ, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.
A WILSON ALBERTO PEREZ se le condenó a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, siendo redimida en el día de hoy por un tiempo de SIETE (07) MESES Y DOCE (12) HORAS, por lo que le falta por cumplir una pena de TRES (03) AÑOS, DIEZ (10) MESES, VEINTISIETE (27) DIAS Y DOCE (12) HORAS, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 07-07-2001, hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 06-08-2002 a las 12 horas.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplió el 26-02-2003 a las 12 horas.
3. LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 16-05-2005 a las 12 horas.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual cumplirá el 06-12-2005 a las 12 horas.
5. SUJECION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD CIVIL: Al cumplir una cuarta parte del tiempo de la condena, esto es, un año y ocho meses, desde que ésta termine, la cual cumplirá 06-04-2009 a las 12 horas.
6. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 06-08-2007 a las 12 horas.
Notifíquese a las partes, ofíciese a los organismos competentes y líbrese boleta de traslado a los fines de imponer al penado del nuevo cómputo de pena y de Redención. Cúmplase.
LA JUEZ,
DR.A. ALVIS YOLANDA COLMENARES DE WILCHES.
LA SECRETARIA,
ABG. FREYSELA GARCIA.
AYCdeW/FG/rama.
|