REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO
DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS
Maiquetía, 17 de Septiembre de 2003.-
Años 193° y 144°

Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, y por cuanto de la declaración de los testigos presentados por la solicitante se desprende que la niña y las adolescentes NECYORETH TEREJULIET, KEINDY CARIDAD FERNANDEZ GOMEZ, JESIKA DEL VALLE y ESMERALDA YANET FERNANDEZ SALAS, titulares de las Cédula de Identidad N°. 20.190.878, 18.602.846, 17.489.986 y 14.876.185 respectivamente, son los Únicos Universales Herederos del ciudadano el de cujus LUIS HUMBERTO FERNANDEZ PLAZA. En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Vargas Juez Unipersonal Nº 02, sin perjuicio de Terceros que pudieran tener mejor o igual derecho, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA a favor de la niña y las adolescentes NECYORETH TEREJULIET, KEINDY CARIDAD FERNANDEZ GOMEZ, JESIKA DEL VALLE y ESMERALDA YANET FERNANDEZ SALAS, titulares de las Cédula de Identidad N°. 20.190.878, 18.602.846, 17.489.986 y 14.876.185 respectivamente, en consecuencia téngase a todas las anteriormente nombradas la niña y adolescentes como LAS UNICAS UNIVERSALES HEREDERAS del De-Cujus HUMBERTO FERNANDEZ PLAZA. Devuélvase las presentes actuaciones en original con sus resultas y déjense copias certificadas de las mismas en el archivo del Tribunal. Cúmplase lo ordenado
LA JUEZ

DRA. NEIZA BERRIOS GARCÍA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02
EL SECRETARIO


FRANCISCO JAVIER LARA

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO


FRANCISCO JAVIER LARA

EXP. N°.C-648
UUH
NBG/FJL/ds