REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 04 de septiembre de 2003
193° y 144°

Vencido como se encuentra el lapso de Informes, este Tribunal ordena notificar al Sindico Procurador del Municipio Vargas del Estado Vargas, para que una vez que conste en autos su notificación, comience a correr el lapso de Sentencia, según lo previsto en el Artículo 71 de la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimiento del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 103 de la Ley Orgánica del Régimen Municipal. Líbrese Boleta de notificación con las inserciones pertinentes. Y entréguese al Alguacil para que practique la notificación ordenada.
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

LA SECRETARIA ACC.

DRA. FRANZULY YOLE MARIN
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA ACC.

DRA. FRANZULY YOLE MARIN






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 04 de septiembre de 2003
193° y 144°

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:


Al ciudadano DR. ARMANDO VALDIVIESO NUÑEZ, en su carácter de Sindico de la Alcaldía del Municipio Vargas del Distrito Federal.
Que en el Juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesto por el ciudadano ILMARK JOSE MORA BETANCOURT, contra la Alcaldía del Estado Vargas, que se sustancia en el expediente N° 876/02, se ordenó su notificación, para que una vez que conste en autos su notificación, comience a correr el lapso de Sentencia, según lo previsto en el Artículo 71 de la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimiento del Trabajo, en concordancia con el Artículo 103 de la Ley Orgánica del Régimen Municipal.-
Firmará al pie de la presente boleta en prueba de haber sido notificado.-
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

NOTIFICADO: ________________________ FECHA: ________
LUGAR: ______________________________________________

EXP. N° 876/02