REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

..PUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, veintidós (22) de Abril de dos mil cuatro (2.004).
-194° y 145°-
Visto el escrito de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales inserto al folio a los folios 167 al 172 del presente expediente, interpuesto por el Dr. FRANCISCO ANTONIO RIVERO AGÜERO, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.049, éste Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho y en consecuencia, intímese a los ciudadanos MANUEL ALVES MONIZ E IVO FRANCISCO CALDEIRA, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de Despacho siguientes a la constancia en autos dejada por el Alguacil de este Tribunal de haber practicado la última de las intimaciones, cualquiera que sea su orden, a fin de que ejerzan o no el derecho de retasa, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley de Abogados. Líbrense boletas de intimación con las inserciones pertinentes. Expídase copia certificada del referido escrito y anéxese a las boletas respectivas, a tenor de lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ,


Dra. SCARLET RODRIGUEZ P.
LA SECRETARIA ACC.


Dra. FRANZULY YOLE MARIN

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA ACC.