REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN
FUNCIONES DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 21 de agosto de 2004
193º y 144º
DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano JEAN CARLOS AVILA , de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 24-03-76, de 28 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, hijo de IRMA MARGARITA AVILA (V), titular de la Cedula de Identidad N° 13.571.730 y residenciado en: Barrio José Félix Rivas, Los Olivos parte alta, Catia La Mar, Estado Vargas, por no estar acreditados en autos los extremos legales requeridos por el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia y remítase en su oportunidad legal a la Fiscalía Primera del Ministerio Público en el Estado Vargas.
LA JUEZ,
ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA PESTANA
Causa WP01-S-2004-016288
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