REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 09 de Agosto de 2004
194° y 145°

Vista la anterior diligencia suscrita por el Dr. ORLANDO GAMEZ, en su carácter acreditado en autos, y definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 21/05/2004, se decreta su ejecución, en consecuencia, se le concede a la parte demandada un plazo de cuatro (04) días de Despacho, contados a partir de la presente fecha, para que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, dé cumplimiento voluntario a dicha sentencia. Asimismo, se designa como Experto Contable, el ciudadano JESUS CLEMENTE, mayor de edad, de este domicilio, de profesión Contador Público, a fin de que calcule los intereses de mora conforme a la rata del uno por ciento (1%) mensual, o sea al doce por ciento (12%) anual, sobre la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS ONCE BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 1.416.311,75), monto condenado a pagar por concepto de las cuotas de condominio causadas a partir del mes septiembre de 1999, hasta el mes de febrero de 2001 y la indexación la cual se llevará a cabo tomando en cuenta los índices de inflación establecidas por el Banco Central, aplicados al monto condenada partir de la fecha de admisión de la demanda y hasta la presente fecha en la cual se decreta la ejecución del fallo; a quien se ordena notificar, para que comparezca por ante éste Tribunal al segundo (2°) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su notificación, a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo, y en el primero de los casos, preste juramento de Ley. Líbrese boleta de notificación con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ


DRA. SCALRET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA


DRA. LIRIO PADILLA F.
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA


DRA. LIRIO PADILLA F.