REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO

Maiquetía, 18 de Agosto de 2004
194° y 145°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: 11239
PARTE ACTORA: WILLIAM ALBERTO ALVARADO JARAMILLO, titular de la Cédula de Identidad NC V.- 5.220.564
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: SONIA FERNÁNDEZ MARTINS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 57.815.
PARTE DEMANDADA: ELECTRO GRÚAS MAIQUETÍA C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: PABLO ALBERTO ZAMBRANO MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 35.483.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, a los dieciocho (18) días del mes de Agosto del año dos mil cuatro (2004), siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentran presente el ciudadano WILLIANS ALBERTO ALVARADO JARAMILLO, y la profesional del derecho abogada SONIA FERNÁNDEZ MARTINS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y el ciudadano LUIS OROZCO en su carácter de Director Administrativo, titular de la Cédula de Identidad N°- 5.572.332; BENETTE LEÓN RAFAEL ALFONSO, titular de la cedula de identidad N° V- 4.115.976, en su carácter de socio, y el profesional del derecho abogado en ejercicio PABLO ALBERTO ZAMBRANO MARTÍNEZ, en su carácter de apoderado judicial de la empresa ELECTRO GRÚAS MAIQUETÍA C.A.

Celebrada la Audiencia, las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

PRIMERO: Este Tribunal solicita a la parte demandada que el día de la Prolongación de la Audiencia deberá traer los libros contables de los años 2001 al 2004; y un informe detallado realizado por el contable de la Empresa, a manera de ilustrar a la parte y a este Juzgado.



SEGUNDO: Por cuanto han quedado pendiente otros aspectos que analizar las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la prolongación de la presente Audiencia para el día Jueves 26 de agosto del 2004 a las 09:30 a.m.( de la Mañana) de conformidad con lo previsto en el articulo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Igualmente se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes quedan en custodia de este Tribunal por ultimo se insta a las partes traer a la prolongación de la audiencia preliminar y al representante legal de la empresa, todos aquellas propuestas que consideren pertinentes a las fines de llegar a una mediación.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. BETTY LUQUEZ
PARTE ACTORA
__________________________________
WILLIAM ALBERTO ALVARADO JARAMILLO


APODERADOS DE LA PARTE ACTORA
__________________________
SONIA FERNANDES MARTINS



PARTE DEMANDADA
_______________
LUIS A. OROZCO

_________________________
BENETTE LEÓN RAFAEL




___________________________________
PABLO ALBERTO ZAMBRANO MARTÍNEZ



EL SECRETARIO ACC.


ABG .ARNALDO RODRÍGUEZ

BLP/arl.-
Exp. N° 11239