REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO



Maiquetía, veinticuatro (24) de agosto de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°


ASUNTO: WP11- S- 2004 - 000036

Vista la solicitud de homologación formulada por el ciudadano ANTONIO RAMOS GASPAR, en su carácter de Representante de la empresa ALMACENADORA LA GUAIRA, C.A.., y el ciudadano EUDILIO RODRIGUEZ, en su condición de extrabajador de la empresa antes mencionada debidamente asistido por el profesional del Derecho ERNESTO TORRES, en virtud de la transacción laboral celebrada por los solicitantes. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada.
LA JUEZ,


DRA. REBECA MARTÍNEZ







LA SECRETARIA,


ABG. RAFALMY BENÍTEZ