REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 15 de Diciembre de 2004
194° y 145°

Visto el desistimiento al procedimiento, contenido en la diligencia suscrita en fecha 06 de los corrientes, por la abogado SORELENA PRADA, Inpreabogado Nº 97.170, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, el Tribunal por cuanto de la revisión del poder que le fuera otorgado por los miembros Principales de la Junta de Condominio del Edificio la Jolla, parte actora, a los abogados RICARDO ORELLANA, LUIS ALEJANDRO PULGAR CORAO Y ROBERTO SANTIAGO, el cual cursa en los folios 11 y 12, se evidencia que no les fue conferida la facultad para disponer del derecho en litigio, el Tribunal se abstiene de proveer sobre la homologación solicitada, toda vez que mal podría la abogada sustituida tener dicha facultad cuando la misma no fue conferida en el poder otorgado ante la Notaria Pública Séptima del Municipio Libertador del Distrito Federal.
LA JUEZ,

LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.


MS/YP/ys.
Expediente Nº 5874.