REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN
FUNCIONES DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 06 de diciembre de 2004
193º y 144º
DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por la Dra. IRDE CAPOTE, Fiscal Octava (e ) del Ministerio Público en el Estado Vargas, mediante la cual requiere a favor del ciudadano SIMON ANTONIO MATA GUERRERO, de nacionalidad venezolano, Natural de la Guaira, Estado Vargas, fecha de nacimiento, 15-02-79, de 25 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio lanchero , hijo de Simón Mata (v) y de Laura Guerrero (v), titular de la cédula de identidad N° 14.079.890 y residenciado en Cerca del Hospital San José, casa s/n, Pariata, Maiquetía, Estado Vargas, y en virtud de ello se le impone la medida cautelar sustitutiva establecida en el ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando bajo un régimen de presentación de cada ocho días ante este Tribunal, por ser pertinentes a los fines de garantizar las resultas del proceso.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese la presente decisión, librese la correspondiente boleta de excarcelación. .
LA JUEZ,
ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA PESTANA
Causa WP01-P-2004-000632
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