REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN
FUNCIONES DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

Macuto, 06 de Diciembre de 2004
193º y 144º

DISPOSITIVA

Con base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA a favor del ciudadano JESUS ROGER ALEJANDRO BLANCO GARRIDO, de nacionalidad Venezolana, Natural de caracas, fecha de nacimiento 3-12-77, de 26 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Electricista, hijo de Roger Blanco (v) y de Mary Salome Garrido (v), titular de la cédula de identidad N° 14.494.401 y residenciado en: Urbanización Menca de Leoni, Bloque 46, Piso 2, Apto. 2-5, Guarenas, Estado Miranda, la medida cautelar sustitutiva de libertad, prevista en el ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deberá cumplir con un régimen de presentación de cada quince días (15) por ante la sede de este órgano jurisdiccional.

Regístrese, dairícese, publíquese, déjese copia, líbrese la boleta de traslado al Internado Judicial de Los Teques, emítanse boletas de notificación a la defensa y al Ministerio Público.
LA JUEZ,

ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MARIELA PESTANA

Causa N° WP01-S-2004-022220