REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A
San Cristóbal, 07 de Diciembre de 2004.
194º y 145º
Visto el escrito del ciudadano ALEXANDER LABRADOR HERNANDEZ, padre de la adolescente (Reservado articulo 545 de la Lopna), de fecha 06 de Diciembre de 2004, que se encuentra agregado a al folio 185, donde solicita autorización para que su hija, quién se encuentra recluida en el Centro Diagnostico y Tratamiento Wilpia Flores de Centeno, sea trasladada al Centro Clínico San Cristóbal, con el propósito de realizarle Tomografía Nasal para su debido estudio, posible operación Quirúrgica, según solicitud de la Dra. Nerza Cecilia Navas, Otorrinolaringóloga.
Razón por la cual este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución AUTORIZA EL TRASLADO de la mencionada adolescente (Reservado articulo 545 de la Lopna), quién se encuentra recluida en el Centro Diagnostico y Tratamiento Wilpia Flores de Centeno al Centro Clínico San Cristóbal, a las 2:00 de la tarde del día de hoy a fin de realizarle Tomografía Nasal.
Por cuanto considera que es imperante salvaguardar los derechos inherentes al mismo, y dentro de ellos específicamente el de recibir los servicios necesarios de salud, tal y como se desprende del artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, debiendo tomarse las medidas de seguridad pertinentes y necesarias para el traslado del mismo. Ofíciese a la Directora del Centro Diagnostico y Tratamiento Wilpia Flore de Centeno y notifíquese a las partes.- Líbrese boleta de traslado.
LA JUEZ SUPLENTE
DRA. MARIA HAYDEE VEZGA RAMIREZ
Abog. ALBA ROSARIO RAMIREZ ROBLES.
Secretaria. Temporal.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se libro Oficio N° _______ al Directora del Centro Diagnostico Wilpia Flores de Centeno y boletas de Notificación a las Partes. Se libró boleta de traslado.