REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO


Visto el escrito presentado por el ciudadano GERARDO ANTONIO ROA GIL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 9.133.976, domiciliado en San Antonio, Municipio Bolívar de este Estado Táchira, asistido por la abogada ANGELICA ZULAY SABOGAL LIZARAZO, mediante el cual solicita: 1. “Oficiar a los organismos competentes, específicamente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a los fines de que se haga efectiva la orden de entrega” y 2.- “…se me expidan (sic) copia simple del expediente en la causa Nro. SP11-2004-928…” el Tribunal para decidir observa:

Que en fecha 29 de Noviembre 2004, este Tribunal dictó decisión ordenando la entrega del vehículo CLASE CAMIONETA, TIPO WAGON, USO PARTICULAR, MARCA JEEP, MODELO GRAN CHEROKEE, AÑO 2001, COLOR NEGRO, SERIAL DE CARROCERIA 8Y4GW58NA12204421, SERIAL DEL MOTOR 8 CILINDROS, PLACAS GBR-97J al ciudadano GERARDO ANTONIO ROA GIL, HUGO ANTONIO ARAUJO VILLARREAL.- Asume el Tribunal, que es a la entrega de este vehículo, que se refiere la solicitud ya que en ella, no lo especifica el solicitante.-

Que con fecha 1° de Diciembre 2004, y con oficio N° 1C-1214/2004, se le ordenó al Encargado del Estacionamiento “Las Vegas”, la entrega del vehículo supra descrito, al ciudadano Gerardo Antonio Roa Gil, también supra identificado. SIENDO ESTA LA UNICA ORDEN QUE DEBIA IMPARTIR EL TRIBUNAL.. HACIENDOSE EFECTIVA LA ORDEN CON LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHICULO, POR PARTE DEL ESTACIONAMIENTO.-

Que con fecha 30 de Noviembre 2004, se acordó la expedición de las copias simples de las actuaciones del presente asunto, según consta al folio 67.-

Por lo anteriormente expuesto, considera quien aquí decide, NO TENER MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR. Y así se decide.-

En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal, en funciones de Control número Uno, Extensión San Antonio, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:-UNICO: NO TENER
MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR.-. Regístrese - Notifíquese.-



LA JUEZ DE CONTROL NUMERO UNO
CARMEN ROSA PEREZ


EL SECRETARIO


ABOG. LUCY MAIRENA MARQUEZ