REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal
En Funciones de Ejecución del Estado Vargas
Asunto Principal: WL01-P-2002-000721
Asunto Antiguo: 3E-0484-02
Macuto, 09 de Diciembre de 2004
194º y 145º
Compete a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano ADOLFO ANDRES SANCHEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, de 58 años de edad, estado civil soltero, de profesión mesonero, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.457.480, contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal.
En este sentido este Tribunal previamente observa:
Cursa a los folios 52 al 55, de la presente causa, sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, de fecha 25 de Septiembre del 2002, mediante la cual CONDENA al ciudadano ADOLFO ANDRES SANCHEZ, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en los artículos 377 y 375 del Código Penal, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, así como a las penas accesorias.
Al folio 52 de la presente causa, cursa computo efectuado el 25 de septiembre del 2002.por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Vargas, en el cual se establece como fecha de cumplimiento de pena el día 25-6-2004.
Al folio 129 de la presente causa, cursa redención de la pena y al folio 131 cursa nuevo cómputo de la pena, en el cual se establece como fecha para el cumplimiento total de la pena el 21-12-2003.
Cura al folio 133 de la presente causa decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal mediante la cual otorga Confinamiento al ciudadano ADOLFO ANDRES SANCHEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 53 de Código Penal.
Al folio 119 de la presente causa, cursa Informe Periódico Conductual de Finalización, emanado de la prefectura del Municipio “SANTIAGO MARIÑO” del Estado Aragua, de fecha 05/01/2004, correspondiente al penado ADOLFO ANDRES SANCHEZ, mediante el cual participan a este Juzgado que el supra mencionado ciudadano cumplió a cabalidad y puntualidad con las presentaciones asignadas por su Delegado de Prueba.
Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano, por cumplimiento de la pena y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a este causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano ADOLFO ANDRES SANCHEZ, en virtud de haber cumplido a cabalidad con la pena impuesta mediante sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Vargas , de fecha 8 de agosto del 2002, mediante la cual CONDENO al ciudadano ADOLFO ANDRES SANCHEZ, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano ADOLFO ANDRES SANCHEZ.
LA JUEZ,
DRA. LILIAM QUEVEDO MARIN
LA SECRETARIA,
ABG. LUIS GUERRA
LQM/LG/yr.-
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