REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICAIL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO

Maiquetía, 15 de Diciembre de 2004
194° y 145°

ACTA
N° DE EXPEDIENTE: 11.468
PARTE ACTORA: BURGOS TOVAR VICTOR MANUEL, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 8.176.329.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ABRAHAM EDUARDO TESORERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.814.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO REGIONAL DE EDUCAIÓN FISICA DEPORTE Y RECREACIÓN DEL ESTADO VARGAS, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: AMALIA CHAMI HOMSI, inscrita en el Inpreabogado bajo el número Nro. 58.201, en representación del Instituto Regional de Educación Física, Deporte y Recreación del Estado Vargas y ANA MARIA MELIAN GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.913, en representación de la Procuraduría del Estado Vargas.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy, quince (15) días del mes de Diciembre del año dos mil cuatro (2004), siendo las Once y media de la mañana (11:30 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentran presente los profesionales del derecho abogados en ejercicio ABRAHAM EDUARDO TESORERO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y el ciudadano BURGOS TOVAR VICTOR MANUEL, titular de la cédula N° 8.176.329, en su carácter de parte actora y las Profesionales del Derecho abogadas en ejercicio AMALIA CHAMI HOMSI, en su carácter de apoderadas judiciales del INSTITUTO REGIONAL DE EDUCAIÓN FISICA DEPORTE Y RECREACIÓN DEL ESTADO VARGAS, y ANA MARIA MELIAN GONZALEZ, en representación de la Procuraduría del Estado Vargas.

Celebrada la Audiencia, las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

PRIMERA: Ambas partes están contestes en señalar y admitir que el Trabajador prestó servicio para el INSTITUTO REGIONAL DE EDUCAIÓN FISICA DEPORTE Y RECREACIÓN DEL ESTADO VARGAS.

SEGUNDA: Seguidamente la parte actora consigna en este acto escrito de promoción de pruebas constante de cuatro (4) folios útiles y sus vueltos, con anexos marcados con las letras “A” referente a nómina de pagos contentivo de siete (7) folios útiles, “A1” referente a los estados de cuentas, contentivo de catorce (14) folios útiles, “B” referente a recibos de pagos de la primera quincena del mes de abril del 2.003, contentivo de cinco (5) folios útiles, “B2” referente a decreto Nº 375-2003 contentivo de nueve (9) folios útiles, “C” referente a la Constancia de Trabajo, contentivo de un (1) folio útil. En este mismo acto se de deja constancia que el profesional del derecho ABRAHAM EDUARDO TESORERO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora consigna escrito y anexo de reposo médico en original constante de dos (2) folios útiles. Igualmente se deja constancia que la parte demandada no consigno escrito de Promoción de pruebas.

TERCERO: Vista que la mediación ha sido positiva y por cuanto han quedado pendiente otros aspectos que analizar las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la prolongación de la presente Audiencia para el día Martes 18 de Enero del 2005 a las 09:00 a.m, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Igualmente se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes quedan en custodia de este Tribunal.
LA JUEZA
DRA. BETTY LUQUEZ EL SECRETARIO ACC.

ABG. ARNALDO J. RODRIGUEZ
POR PARTE ACTORA

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ABRAHAM EDUARDO TESORERO
______________________ BURGOS TOVAR VICTOR
POR LA PARTE DEMANDADA
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AMALIA CHAMI HOMSI ____________________________
ANA MARIA MELIAN GONZALEZ
BLP/AR.
Exp Nº 11.468