REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintiuno (21) de diciembre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2004-000044
PARTE ACTORA: RICHARD HUMBERTO OLIVO PÉREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.121.989.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: REGISTRO INMOBILIARIO DEL PRIMER CIRCUITO DEL ESTADO VARGAS
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO ALFONSO CAMARGO y YAMILE DURÁN CONTRERAS, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros: 70.774 y 88.373, respectivamente.
CIUDADANO QUE TIENE CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS: RAMÓN CELESTINO MEJIAS RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.892.669
MOTIVO: “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”

En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de diciembre del dos mil cuatro (2004), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparece a la misma el profesional del derecho: PEDRO ALFONSO CAMARGO, como Apoderado Judicial del Organismo demandado: REGISTRO INMOBILIARIO DEL PRIMER CIRCUITO DEL ESTADO VARGAS, quien presenta a efecto de vista de este Tribunal, Documento Poder en original, donde se le acredita la Representación legal del demandado, consignando su respectiva fotocopia. También compareció RAMÓN CELESTINO MEJIAS RAMIREZ como ciudadano que tiene conocimiento de los hechos. Se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES

APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE DEMANDADA,


CIUDADANO QUE TIENE
CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS

LA SECRETARIA,
ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN.
EXP. N° WP11-S-2004-000044
“CALIFICACIÓN DE DESPIDO “