REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL,
DEL TRANSITO, Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 23 de Enero de 2004
193° y 144°
Vencido como se encuentra el lapso para que las partes presentaran sus observaciones a los informes, de la contra parte y por cuanto solo la parte demandada hizo uso de tal derecho. El Juez leyó los escritos y resolvió agregarlos al expediente, tomando nota que deberá pronunciar su fallo dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes al día de hoy, de conformidad con lo establecido en 521 del Código de Procedimiento Civil
EL JUEZ
ABG. IDELFONSO IFILL PINO
EL SECRETARIO
RICHARD C. ZARATE RODRIGUEZ
IIP/RCZR/lr
EXP. 1284
"R.DE C."