REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCAI EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSIOT Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
193° y 144°
Maiquetía 12 de enero de 2004
193° y 144°
PARTE ACTORA: NEYER AMELIA MONTOYA SANCHEZ DE PAZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-631.435.
PARTE DEMANDADA: EDUARDO RAFAEL PAZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°.V-635.993.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MILAGROS NAIL BRUCE D’VIAZZO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 62.546.
MOTIVO: DIVORCIO.
EXPEDIENTE: 8410.
Vista la diligencia, suscrita por la ciudadana NEYER AMELIA MONTOYA SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N°. 631.435, debidamente asistida por la profesional del derecho, MILAGROS NAIL BRUCE D’VIAZZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el números 62.546, mediante la cual desistió del presente procedimiento y solicitó la suspensión de las medidas decretadas mediante auto de fecha 28 de mayo del 2003, el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, Homologa dicho desistimiento en los mismos términos y condiciones por ella expuesto. Igualmente se suspenden las medidas preventivas de embargo decretadas. Líbrese oficios.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D’APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
LA PERSONA AUTORIZADA,
ANA INSIGNARES C
EDAA/LPI/ana
Exp.N°.8410
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