REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, veintisiete (27) de enero del dos mil cuatro (2004).-

193 y 144

Instruida como ha sido la presente solicitud, de TITULO SUPLETORIO, presentada personalmente por su firmante, ciudadana: NELLY ASLAN, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.892.579, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil-


A los efectos que curse la presente solicitud en el archivo del Tribunal expídase copia debidamente certificada de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de los fotostatos se autoriza a la ciudadana ARELIS FALCÓN, asistente II de este Juzgado, quien conjuntamente con la Secretaria certificará las copias ordenadas librar con inclusión del presente auto. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante.-Cúmplase.-
LA JUEZ,



DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM

LA ASISTENTE AUTORIZADA,


ARELIS FALCÓN
LA SECRETARIA ACC


ALEXANDRA BRETO
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotada bajo el Nº 985 /03 y se archivó la copia certificada.
LA SECRETARIA ACC


ALEXANDRA BRETO