REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. SALA DE JUICIO DELTRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 16 de Enero de 2004. Año 193º y 144º.

Visto el escrito que encabeza esta actuación y analizadas como han sido las actuaciones que encabezan el presente expediente y por cuanto de las declaraciones de los testigos presentados por ante éste Tribunal por las solicitantes, ampliamente identificadas en autos, se desprende que las ciudadanas YENNY y LEIDY COROMOTO, TORREALBA MONTOYA venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-15.481.951 y v-15.025.304, así como los adolescentes MIGUEL EUCLIDES, YUVEISY COROMOTO y los niños EUCLIDES JESUS y ARGENIS YHOAN TORREALBA MONTOYA, de diecisiete (17), catorce (14), diez (10) y ocho (08) años de edad respectivamente son UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, del de Cujus EUCLIDES TORREALBA GARCIA, ex-titular de la cédula de identidad Nº V-5.981.049, quien falleció el día dieciocho (18) de septiembre de dos mil tres (2.003, en Boca de Uchire, Estado Anzoátegui, según consta en Acta de Defunción N°.30, emanada del Comisionado del Registro Civil del Municipio San Juan de Capistrano, Boca de Uchire, Estado Anzoátegui, cursante al folio seis (06) del presente expediente. En consecuencia, este Juez Unipersonal N° 01 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, sin perjuicios de terceros que pudiesen tener mejor o igual derecho y de conformidad con lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA, a favor de las ciudadanas, los Adolescentes y Niños antes identificados. Devuélvase las presentes actuaciones en su original con sus resultas y déjese copias certificadas en el Archivo del Tribunal. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ TITULAR,


DR. ANGEL PEREZ BARRIENTOS
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01.

EL SECRETARIO

ABG, FRANCISCO JAVIER LARA

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO


ABG, FRANCISO JAVIER LARA

EXP. C-815
UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS
APB/FJL/fr.