REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Veintitrés (23) de Enero de 2004.
193° Y 145°

Vista a la diligencia que antecede de fecha Siete (07) de Enero del corriente año, suscrita por el Dr. CARLOS ALBERTO MORANTES, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, y su solicitud de libramiento de boleta de notificación de la demandada el Tribunal observa lo siguiente: en el procedimiento especial laboral que nos ocupa dispone el artículo 50 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo lo siguiente:
El Alguacil encargado de practicar la citación, entregara dentro de tres (3) días la orden de comparecencia expedida por el Tribunal en la forma determinada para cada caso, a la persona o personas demandadas, en la morada de ellas o en el lugar donde las halle, si no las encontrare en aquéllas, menos que estén en el ejercicio de alguna función pública o en el templo y les exigirá recibo que se agregara al expediente, el cual en todo caso, podrá suplirse con la declaración del Alguacil y de un testigo por lo menos, que haya presenciado la entrega, conozca a la persona citada y determine el día, hora y lugar de la citación.
Si no pudiere practicarse personalmente la citación del demandado en el término fijado en el párrafo anterior, se procederá a fijar en la morada de éste y en las puertas del Tribunal, sendos carteles de emplazamiento para que el demandado ocurra a darse por citado en el término de tres (3) días contados desde la fijación. Dichos carteles, que contendrán la advertencia de que si no compareciere el demandado se le nombrara defensor con quien se entenderá la citación, serán fijados por el Alguacil, en conformidad con las instrucciones del Secretario del Tribunal, dejándose constancia en el expediente de todas las actuaciones practicadas.
En consecuencia con vista a la norma antes transcrita, el Tribunal ordena: De conformidad con el Articulo 50 de la aludida ley especial, el libramiento del cartel de citación a la parte demandada, Firma Mercantil SERENOS VARGAS C.A., en la persona de su Presidente, ciudadano: LUIS J. JIMENEZ M., mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.443.737,a fin de que comparezca a darse por citado, por ante éste Juzgado, ubicado en El Edificio Centro Caribe Vargas, Piso 4, Oficina 4-2, Calle Los Baños, Maiquetía, Estado Vargas, al Tercer (3er) día de despacho siguiente, a la última de las fijaciones que del presente Cartel se haga.- Un Cartel deberá ser fijado por el Alguacil del Tribunal en la morada, oficina o negocio del demandado y otro en la Cartelera del Juzgado.- Así mismo se señala, que dicho Cartel deberá contener la advertencia a la parte demandada, que de no comparecer en el lapso fijado, se procederá a la designación de un Defensor Ad Litem, con quien se entenderá la citación y demás trámites del juicio. Cúmplase. Librese Cartel.-

LA JUEZ TITULAR
DRA. ANA TERESA AYALA POLEO.
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en al auto anterior.-
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA

Exp. N°. 892-03.-
ATAP/GG/Silda.-